jueves, 4 de septiembre de 2008

La norma y su filosofía

En el año 1998, el Consejo Su­perior de Fondornorma, aprobó la Norma COVENIN 1756 -98 (Rev. 2001) titulada Edificaciones Sismorresistentes que sustituye la Norma COVENIN 1756 -80-82. Edificaciones Antisísmicas, am­bas elaboradas por la Fundación Venezolana de Investigaciones Sismológicas, Funvisis, a solici­tud de la Comisión Permanente de Normas para Estructuras de Edificaciones del Ministerio de Desarrollo Urbano, Mindur. Dicha norma tiene como filo­sofía que todas las edificaciones que se diseñen de acuerdo a sus lineamientos deben cumplir con las siguientes pautas:
a. Bajo movimientos sísmicos menores o frecuentes pueden sufrir daños no estructurales despreciables, que no afecten su operación o funcionamiento.
b. Bajo movimientos sísmicos moderados u ocasionales podrán sufrir daños moderados en sus componentes no-estructurales y daños muy limitados en los com­ponentes estructurales.
c. Bajo movimientos sísmicos establecidos en la Norma, utiliza­dos para el análisis dinámico de las estructuras, debe existir una muy baja probabilidad de alcanzar el estado de agotamiento resistente y los daños estructurales y no-estructurales sean, en su mayoría, reparables.
d. Bajo movimientos sísmicos especialmente severos, en exceso de los especificados en esta Norma, se reduzca la probabilidad de derrumbe aunque la reparación de la edificación pueda ser inviable económicamente. Debido a que la sismicidad es variable en el país, éste ha sido subdividido con fines de ingeniería en ocho zonas sísmicas (ver figura siguiente), distinguiéndose la zona siete como el área de mayor ame­naza sísmica y la zona cero como una zona sísmica.

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